ARTICULO 4. NIVELES DE LA ORIENTACIÓN EDUCATIA Y PROFESIONAL:
LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PROFESIONAL SE DESARROLLARÁ(….) EN LOS SIGUIENTES NIVELES:
A través de la tutoría del profesorado….En los centros sostenidos con fondos públicos, mediante el apoyo especializado de las siguientes estructuras especificas de orientación:-las unidades de orientación en centros de ecuación infantil y primariaMediante el asesoramiento especializado a través de los Centros Territoriales de Recursos para la Orientación, la atención a la Diversidad y la interculturalidad..
ARTICULO 10.: ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN
Las unidades de orientación (…) son estructuras especificas de orientación. Las unidades de orientación se integran en los centros públicos de educación infantil y primaria en los Equipos de Orientación y Apoyo, de los que forman parte.Los Equipos de orientación y Apoyo y los departamentos de orientación son órganos de coordinación docente responsables de la elaboración y desarrollo de los planes de orientación de los centros y de las zonas.
ARTICULO 11: FINALIDAD DE LOS CENTROS TERRITORIALES DE RECURSOS PARA LA ORIENTACIÓN, LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD Y LA INTERCULTURALIDAD
Garantizar la coordinación y dinamización de la orientación educativa y profesional, servir de instrumento de apoyo especializado y complemento a la acción desarrollada por las estructuras específicas de orientación y como centro de recursos para la atención al alumnado con n. e. específicas.
Funciones:
(1) Difundir normativa (2)Elaborar materiales curriculares, instrumentos de valoración y su préstamo y difusión, (3) La colaboración con los Equipos de orientación y apoyo y Departamentos, así como con otras entidades en la detección temprana y el asesoramiento sobre la escolarización de alumnos con n.e.e.
ARTICULO 14: PLANES DE ORIENTACIÓN.
El modelo de orientación educativa y profesional se concreta a través de la elaboración de los planes de orientación de centro, zona y región en cuya elaboración participarán los orientadores de los centros sostenidos con los fondos publicos coordinados por las Delegaciones provinciales.
ARTICULO 15: EL PLAN DE ORIENTACIÓN DE CENTRO.
El Plan de Orientación de centro integra las actuaciones a desarrollar desde la tutoria, la orientación académica y profesional y las acciones de asesoramiento dirigidas a los dinstintos órganos de gobierno y coordinación del centro, la comunidad educativa y de coordinación con otros centros e instituciones.El Plan de orientación forma parte del Proyecto Educativo y se concreta para cada curso escolar en la P. G. A.
ARTICULO 16: EL PLAN DE ORIENTACIÓN DE ZONA.
El Plan de Orientación de Zona define los objetivos y las actuaciones a desarrollar por todas las Unidades y Departamentos de orientación de los centros docentes, dentro del ámbito que se determine.El Plan es elaborado bajo las directrices de la Consejeria y coordinado y aprobado por las Delegaciones provinciales.
ARTICULO 17: EL PLAN REGIONAL DE ORIENTACIÓN.
La Consejería elabora y aprueba el Plan Regional donde se establecen las prioridades, los criterios y directrices básicas a desarrollar por los distintos niveles de la orientación.
ARTICULO 18: COORDINACIÓN DE LA ORIENTACIÓN EN LA REGION, PROVINCIA Y ZONAS.
Los centros de Profesores(Los equipos pedagógicos) contarán con una asesoria de orientación, atención a la diversidad e interculturalidad que colaborará en la coordinación y formación de los departamentos y Unidades de Orientación y centros de Recursos(…) para facilitar el desarrollo de los planes de orientación de zona.
Publicado por EOEP Fuenlabrada
2 comentarios:
Anónimo dijo...
Gracias a los compañeros de Fuenlabrada por mostrar esta propuesta concreta.ESTAMOS EN TIEMPO DE INVENTAR
11 de septiembre de 2008 23:06 anonimo dijo...
No creo que la comunidad de Madrid vaya a contemplar este modelo como referencia, puesto que todo lo que suponga la más mínima inversión es rechazado de antemano.
14 de septiembre de 2008 11:20